22/05/19

Luz verde de la Generalitat a la limitación de los precios del alquiler

El gobierno de la Generalitat de Catalunya ha aprobado, recientemente, un decreto ley que permite el establecimiento de precios máximos para el alquiler de viviendas en aquellas zonas que se consideren de alta demanda.

Se pretende luchar contra el fuerte incremento de los precios de las rentas que han vivido diferentes municipios de Catalunya, pero especialmente Barcelona, donde los alquileres han aumentado de media un 38% en 5 años, alcanzando cifras superiores a los años previos a la crisis.

Esta norma otorga al Ajuntament de Barcelona la capacidad de declarar “área de vivienda tensa” aquellas zonas que considere oportuno, o incluso la ciudad entera. En cuanto al resto de municipios será la Generalitat, y más concretamente la Conselleria de Territori, quien desarrolle esta competencia. Aun así la norma contempla la posibilidad de que un municipio descarte la opción de imponer restricciones.

Puntos clave de este decreto:

  • Las rentas de las viviendas pertenecientes a aquellas zonas declaradas de vivienda tensa no podrán superar, en más de un 10%, el límite establecido en el índice de referencia de precios. Este índice lo elabora la Generalitat basándose en datos de operaciones facilitadas por el Incasòl a través del Registro de fianzas.

  • Un inquilino podrá reclamar judicialmente en caso de que se le esté cobrando un alquiler superior al que señala este decreto, teniendo derecho a recuperar la diferencia entre el límite legal y la renta abonada más los correspondientes intereses.

  • En caso de que la vivienda cuente con elementos que le aporten un valor añadido como terraza, vistas o zonas comunitarias, se podrá sumar un 5% a esta superación del límite establecido. Todos estos aspectos deberán estar debidamente recogidos en el contrato de alquiler.

  • Las viviendas de nueva edificación o a las cuales se haya aplicado una rehabilitación integral podrán alquilar hasta un 20% por encima del índice de precios durante los 5 años posteriores a la finalización de las obras. Finalizado este periodo, y después de una moratoria de máximo 3 años, el límite a aplicar será el mismo que el del resto de viviendas.

  • Esta ley no es retroactiva, por lo que no hay posibilidad de reclamación para contratos firmados previamente al establecimiento de límites de precio por parte del Ajuntament de Barcelona o de la Conselleria de Territori, según corresponda.

Posibles efectos negativos sobre los precios del alquiler

No son pocas las voces, principalmente desde el sector inmobiliario, que alertan del peligro de que esta medida tenga el efecto contrario al esperado en lo que respecta a la relajación de los precios del alquiler.

En opinión de Álex Vázquez, director del Departamento de Administración de Alquileres de Forcadell, “existe la posibilidad de que esta medida provoque un descenso de la oferta de vivienda en alquiler al suponer un detrimento de la rentabilidad para los propietarios, ya sean particulares o sociedades. Llegados a este punto existe el peligro de que busquen otras formas de rentabilizar sus inmuebles, poner-los a la venta o buscar otras formas de inversión. Dejando de lado esto –comenta- falta ver qué aplicación hace el Ajuntament de Barcelona y la reacción del gobierno central, que tiene la posibilidad de recurrir esta norma ante el Tribunal Constitucional.

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